Art. 119
Submódulo de riesgo de catástrofe del seguro distinto del seguro de vida
En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 119
Submódulo de riesgo de catástrofe del seguro distinto del seguro de vida
1. El submódulo de riesgo de catástrofe del seguro distinto del de vida constará de todos los submódulos siguientes:
(a)
el submódulo de riesgo de catástrofe natural;
(b)
el submódulo de riesgo de catástrofe del reaseguro no proporcional de daños a los bienes;
(c)
el submódulo de riesgo de catástrofe provocada por el hombre;
(d)
el submódulo de otros riesgos de catástrofe del seguro distinto del de vida.
2. El capital obligatorio para el módulo de riesgo catastrófico de suscripción del seguro distinto del de vida será igual a lo siguiente:
donde:
(a)
SCRnatCAT
representará el capital obligatorio por riesgo de catástrofe natural;
(b)
SCRnpproperty
representará el capital obligatorio por riesgo de catástrofe del reaseguro no proporcional de daños a los bienes;
(c)
SCRmmCAT
representará el capital obligatorio por riesgo de catástrofe provocada por el hombre;
(d)
SCRCATother
representará el capital obligatorio por otros riesgos de catástrofe del seguro distinto del de vida.
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