Art. 119 · Submódulo de riesgo de catástrofe del seguro distinto del seguro de vida

Art. 119

Submódulo de riesgo de catástrofe del seguro distinto del seguro de vida

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 119 Submódulo de riesgo de catástrofe del seguro distinto del seguro de vida 1.   El submódulo de riesgo de catástrofe del seguro distinto del de vida constará de todos los submódulos siguientes: (a) el submódulo de riesgo de catástrofe natural; (b) el submódulo de riesgo de catástrofe del reaseguro no proporcional de daños a los bienes; (c) el submódulo de riesgo de catástrofe provocada por el hombre; (d) el submódulo de otros riesgos de catástrofe del seguro distinto del de vida. 2.   El capital obligatorio para el módulo de riesgo catastrófico de suscripción del seguro distinto del de vida será igual a lo siguiente: donde: (a) SCRnatCAT representará el capital obligatorio por riesgo de catástrofe natural; (b) SCRnpproperty representará el capital obligatorio por riesgo de catástrofe del reaseguro no proporcional de daños a los bienes; (c) SCRmmCAT representará el capital obligatorio por riesgo de catástrofe provocada por el hombre; (d) SCRCATother representará el capital obligatorio por otros riesgos de catástrofe del seguro distinto del de vida.
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