Art. 114 · Módulo de riesgo de suscripción del seguro distinto del seguro de vida

Art. 114

Módulo de riesgo de suscripción del seguro distinto del seguro de vida

En vigor desde 10 oct 2014
Artículo 114 Módulo de riesgo de suscripción del seguro distinto del seguro de vida 1.   El módulo de riesgo de suscripción del seguro distinto del de vida constará de los submódulos siguientes: (a) el submódulo de riesgo de prima y de reserva en el seguro distinto del de vida a que se refiere el artículo 105, apartado 2, subapartado 3, letra a), de la Directiva 2009/138/CE; (b) el submódulo de riesgo de catástrofe en el seguro distinto del seguro de vida a que se refiere el artículo 105, apartado 2, subapartado 3, letra b), de la Directiva 2009/138/CE; (c) el submódulo de riesgo de caída en el seguro distinto del seguro de vida. 2.   El capital obligatorio por riesgo de suscripción del seguro distinto del de vida será igual a lo siguiente: donde: (a) la suma abarcará todas las combinaciones posibles (i,j) de los submódulos señalados en el apartado 1; (b) CorrNL(i,j) representará el parámetro de correlación del riesgo de suscripción del seguro distinto del de vida con respecto a los submódulos i y j; (c) SCRi y SCRj representarán los capitales obligatorios para los submódulos de riesgo i y j respectivamente. 3.   El parámetro de correlación CorrNl(i,j) a que se refiere el apartado 2 corresponderá al elemento indicado en la fila i y en la columna j de la siguiente matriz de correlaciones: j i Prima y reserva del seguro distinto del de vida Catástrofe del seguro distinto del de vida Caída del seguro distinto del de vida Prima y reserva del seguro distinto del de vida 1 0,25 0 Catástrofe del seguro distinto del de vida 0,25 1 0 Caída del seguro distinto del de vida 0 0 1
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