Art. 29
Requisitos aplicables a la información, las señales de advertencia y las marcas
En vigor desde 19 sept 2014
Artículo 29
Requisitos aplicables a la información, las señales de advertencia y las marcas
Los procedimientos de ensayo y los requisitos aplicables a la información, las señales de advertencia y las marcas, en especial los aspectos referentes a las señales de advertencia relacionadas con el frenado y con el funcionamiento y el mantenimiento del vehículo, en relación con vehículos de las categorías T, C, R y S, según el artículo 18, apartado 2, letra s), del Reglamento (UE) no 167/2013 se llevarán a cabo y verificarán conforme al anexo XXVI del presente Reglamento.
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