Art. 27 · Requisitos aplicables a la protección frente a otros peligros mecánicos

Art. 27

Requisitos aplicables a la protección frente a otros peligros mecánicos

En vigor desde 19 sept 2014
Artículo 27 Requisitos aplicables a la protección frente a otros peligros mecánicos Los procedimientos de ensayo y los requisitos aplicables a la protección contra riesgos mecánicos, en especial los aspectos relacionados con la protección frente a superficies rugosas, aristas y ángulos pronunciados, rotura de conductos por los que circulen fluidos y movimientos incontrolados del vehículo, distintos de los mencionados en los artículos 9 a 14, 19 y 23, en el caso de vehículos de las categorías T, C, R y S, según el artículo 18, apartado 2, letra p), del Reglamento (UE) no 167/2013 se llevarán a cabo y verificarán conforme al anexo XXIV del presente Reglamento.
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