Art. 53 · Procedimientos aplicables a los contratos de servicios

Art. 53

Procedimientos aplicables a los contratos de servicios

En vigor desde 18 ago 2014
Artículo 53 Procedimientos aplicables a los contratos de servicios 1.   Los contratos de servicios de importe igual o superior a 300 000 EUR se adjudicarán mediante una licitación internacional restringida tras la publicación de un anuncio de licitación. El anuncio de licitación se publicará en todos los medios de comunicación adecuados más allá de la zona del programa, indicando el número de candidatos a los que se invitará a presentar ofertas en una gama de entre cuatro y ocho candidatos y garantizando una competencia real. 2.   Los contratos de servicios de un valor igual o superior a 60 000 EUR pero inferior a 300 000 EUR se adjudicarán mediante procedimiento negociado en régimen competitivo, sin publicación. El beneficiario consultará al menos a tres proveedores de servicios de su elección y negociará las condiciones del contrato con uno o varios de ellos.
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