Art. 13 · Externalización del trabajo de auditoría

Art. 13

Externalización del trabajo de auditoría

En vigor desde 25 jul 2014
Artículo 13 Externalización del trabajo de auditoría La autoridad de auditoría puede subcontratar parte de su trabajo de auditoría a otro organismo de auditoría siempre que este organismo sea funcionalmente independiente de la autoridad responsable. La autoridad de auditoría seguirá siendo responsable del trabajo que externalice. Las auditorías subcontratadas se llevarán a cabo de conformidad con las normas de auditoría internacionalmente aceptadas y bajo el estrecho control y supervisión de la autoridad de auditoría.
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