Art. 7
Selección de autoridades u organismos que ofrecen servicios de asesoramiento
En vigor desde 17 jul 2014
Artículo 7
Selección de autoridades u organismos que ofrecen servicios de asesoramiento
Las licitaciones a que se refiere el artículo 15, apartado 3, del Reglamento (UE) no 1305/2013 se ajustarán a las normas de contratación pública aplicables, tanto nacionales como de la Unión. Tendrán debidamente en cuenta el nivel de resultados de los solicitantes en cuanto a las cualificaciones a que se hace referencia en dicho artículo.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2014:808:oj#art-7