Art. 1
En vigor desde 17 jul 2014
Artículo 1
Se considerará, sin necesidad de ensayos, que las mallas y los junquillos metálicos para revestimientos interiores objeto de la norma armonizada EN 13658-1, las mallas y los junquillos metálicos para revestimientos exteriores objeto de la norma armonizada EN 13658-2 y los guardavivos y perfiles metálicos objeto de la norma armonizada EN 14353 que tengan una superficie expuesta que contenga material orgánico se ajustan a la clase E establecida en el cuadro 1 del anexo de la Decisión 2000/147/CE.
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