Art. 20

Art. 20

En vigor desde 10 jul 2014
Artículo 20 Quedan derogados los Reglamentos (CE) no 131/2004 y (CE) no 1184/2005. Las referencias a los Reglamentos derogados se entenderán hechas al presente Reglemento y al Reglamento (UE) no 748/2014.
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