Art. 7
Índices de referencia
En vigor desde 7 jul 2014
Artículo 7
Índices de referencia
En el anexo VII del presente Reglamento figuran los índices de referencia a los que se refiere el punto 2 de la parte 3 del anexo I de la Directiva 2009/125/CE, que han de aplicarse a las unidades de ventilación.
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