Art. 52 · Entrada en vigor y aplicabilidad

Art. 52

Entrada en vigor y aplicabilidad

En vigor desde 25 jun 2014
Artículo 52 Entrada en vigor y aplicabilidad El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 2014. El presente Reglamento será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2020.
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