Art. 10
Competencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y Derecho aplicable
En vigor desde 16 jun 2014
Artículo 10
Competencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y Derecho aplicable
1. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea será competente en:
a)
litigios entre los miembros que estén relacionados con el objeto del presente Reglamento;
b)
litigios de conformidad con los artículos de arbitraje contenidos en los acuerdos, decisiones o contratos celebrados por la Empresa Común S2R;
c)
litigios relativos a la indemnización por los daños causados por el personal de la Empresa Común S2R en el ejercicio de sus funciones;
d)
litigios entre la Empresa Común S2R y su personal, dentro de los límites y en las condiciones que se establecen en el Estatuto de los funcionarios.
2. Para cualquier asunto que no esté cubierto por el presente Reglamento o por otros actos del Derecho de la Unión, se aplicará la legislación del Estado en que se ubique la sede de la Empresa Común S2R.
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