Art. 17.tit_1 · Concesión de ayudas financieras en virtud del pago redistributivo, el pago para las zonas con limitaciones naturales y el pago para jóvenes agricultores

Art. 17.tit_1

Concesión de ayudas financieras en virtud del pago redistributivo, el pago para las zonas con limitaciones naturales y el pago para jóvenes agricultores

En vigor desde 16 jun 2014
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