Art. 13 · Evaluación y aprobación de los programas nacionales

Art. 13

Evaluación y aprobación de los programas nacionales

En vigor desde 15 may 2014
Artículo 13 Evaluación y aprobación de los programas nacionales 1.   La Comisión evaluará los programas nacionales teniendo en cuenta las prioridades y los criterios establecidos en los programas de trabajo anuales o plurianuales a que se refiere el artículo 36, apartado 1. 2.   Anualmente, y a más tardar para el 30 de noviembre, la Comisión comunicará a los Estados miembros: a) la lista de los programas nacionales técnicamente aprobados y propuestos para ser cofinanciados; b) el importe provisional asignado a cada programa; c) el límite máximo provisional de la contribución financiera de la Unión para cada programa, y d) cualquier condición provisional a que esté sujeta la contribución financiera de la Unión. 3.   Anualmente, y a más tardar para el 31 de enero, la Comisión aprobará los programas nacionales anuales y los medios financieros asociados, por medio de una decisión de subvención en relación con las medidas aplicadas y los costes soportados desde el 1 de enero al 31 de diciembre de dicho año. Tras la presentación de los informes intermedios contemplados en el artículo 14, la Comisión podrá modificar dichas decisiones, si es necesario, en relación con el conjunto del período subvencionable. 4.   La Comisión aprobará los programas nacionales plurianuales y los medios financieros asociados a más tardar para el 31 de enero del primer año de ejecución, por medio de una decisión de subvención en relación con las medidas aplicadas y los costes soportados desde el 1 de enero del primer año de aplicación hasta el final del período de aplicación. 5.   En caso de aprobación de programas nacionales plurianuales de conformidad con el apartado 4, los compromisos presupuestarios podrán fraccionarse en tramos anuales. Cuando los compromisos presupuestarios se dividan de ese modo, la Comisión comprometerá los distintos tramos anuales teniendo en cuenta el avance de los programas, las necesidades previstas y las disponibilidades presupuestarias.
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