Art. 1
Definiciones
En vigor desde 12 may 2014
Artículo 1
Definiciones
Se entenderá por:
1) «bono garantizado»: una de las obligaciones a que se refiere el artículo 52, apartado 4, de la Directiva 2009/65/CE;
2) «opción de entrega»: la posibilidad de reembolsar el préstamo hipotecario volviendo a comprar el bono garantizado al valor nominal o de mercado, de conformidad con el artículo 33, apartado 3, letra d), del Reglamento (UE) no 575/2013.
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