Art. 10 · Competencia del Tribunal de Justicia y Derecho aplicable

Art. 10

Competencia del Tribunal de Justicia y Derecho aplicable

En vigor desde 6 may 2014
Artículo 10 Competencia del Tribunal de Justicia y Derecho aplicable 1.   El Tribunal de Justicia será competente para conocer de: a) de conformidad con las cláusulas de arbitraje contenidas en los acuerdos, o contratos celebrados por la Empresa Común FCH 2 o en sus decisiones; b) en los litigios relativos a la indemnización por daños causados por el personal de la Empresa Común FCH 2 en el ejercicio de sus funciones; c) en cualquier litigio entre la Empresa Común FCH 2 y sus empleados dentro de los límites y con las condiciones establecidas en el Estatuto y en el régimen aplicable. 2.   A cualquier asunto no contemplado por el presente Reglamento o por otros actos del Derecho de la Unión, se aplicará la legislación del Estado en que se ubique la sede de la Empresa Común FCH 2.
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