Art. 37 · Funciones de las autoridades del programa

Art. 37

Funciones de las autoridades del programa

En vigor desde 2 may 2014
Artículo 37 Funciones de las autoridades del programa 1.   Por lo que respecta a las funciones de la autoridad de gestión, serán de aplicación el artículo 125 del Reglamento (UE) no 1303/2013 y el artículo 23, apartados 1, 2, 4 y 5 del Reglamento (UE) no 1299/2013. 2.   Por lo que respecta a las funciones de la autoridad de certificación, serán de aplicación el artículo 126 del Reglamento (UE) no 1303/2013 y el artículo 24 del Reglamento (UE) no 1299/2013. La autoridad de certificación será la encargada de recibir los pagos efectuados por la Comisión y, por regla general, efectuará los pagos al beneficiario principal, de conformidad con el artículo 132 del Reglamento (UE) no 1303/2013. 3.   Por lo que respecta a las funciones de la autoridad de auditoría, serán de aplicación el artículo 127 del Reglamento (UE) no 1303/2013 y el artículo 25 del Reglamento (UE) no 1299/2013.
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