Art. 16 · Formato y frecuencia de la información sobre la financiación estable

Art. 16

Formato y frecuencia de la información sobre la financiación estable

En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 16 Formato y frecuencia de la información sobre la financiación estable En el marco de la comunicación de información sobre la financiación estable de conformidad con el artículo 415 del Reglamento (UE) no 575/2013, en base individual y en base consolidada, las entidades presentarán la información que se especifica en el anexo XII, de acuerdo con las instrucciones del anexo XIII, con frecuencia trimestral.
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