Art. 29
Aplicabilidad del Reglamento (UE) no 514/2014
En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 29
Aplicabilidad del Reglamento (UE) no 514/2014
Las disposiciones del Reglamento (UE) no 514/2014 se aplicarán al Fondo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 del presente Reglamento.
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