Art. 87
Decisión del BCE relativa a la adquisición
En vigor desde 16 abr 2014
Artículo 87
Decisión del BCE relativa a la adquisición
El BCE decidirá si se opone o no a la adquisición basándose en su evaluación de la adquisición propuesta y en el proyecto de decisión de la ANC. El derecho a ser oído previsto en el artículo 31 será de aplicación a estos efectos.
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