Art. 16 · Disposiciones transitorias

Art. 16

Disposiciones transitorias

En vigor desde 14 abr 2014
Artículo 16 Disposiciones transitorias Queda derogada la Decisión no 1904/2006/CE con efecto a partir del 1 de enero de 2014. Las acciones iniciadas antes del 31 de diciembre de 2013 en virtud de la Decisión no 1904/2006/CE seguirán reguladas, hasta su conclusión, por dicha Decisión. Como establece el artículo 21 del Reglamento financiero, podrán ponerse a disposición del Programa los créditos correspondientes a ingresos afectados procedentes de la restitución de cantidades pagadas indebidamente con arreglo a la Decisión no 1904/2006/CE.
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