Art. 12
Presupuesto
En vigor desde 14 abr 2014
Artículo 12
Presupuesto
1. La dotación financiera para la ejecución del presente Programa, para el período que va del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2020 será de 185 468 000 EUR.
2. El Parlamento Europeo y el Consejo autorizarán los créditos anuales ajustándose al marco financiero plurianual.
3. Los recursos asignados a acciones de comunicación con arreglo al presente Reglamento pueden también contribuir proporcionalmente a cubrir la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión siempre que estas estén en relación con los objetivos generales del presente Reglamento.
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