Art. 11 · Coherencia con otros instrumentos de la Unión

Art. 11

Coherencia con otros instrumentos de la Unión

En vigor desde 14 abr 2014
Artículo 11 Coherencia con otros instrumentos de la Unión La Comisión garantizará la coherencia y la complementariedad entre el Programa y los instrumentos de otros ámbitos de acción de la Unión, en particular la educación, la formación profesional y la juventud, el deporte, la cultura, y el sector audiovisual, los derechos y libertades fundamentales, la inclusión social, la igualdad entre mujeres y hombres, la lucha contra la discriminación, la investigación y la innovación, la sociedad de la información, la ampliación y la acción exterior de la Unión.
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