Art. 14 · Informes

Art. 14

Informes

En vigor desde 28 mar 2014
Artículo 14 Informes Los Estados miembros informarán trimestralmente a la Comisión de todos los resultados analíticos obtenidos a través del Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos (RASFF). Dicho informe se entregará el mes siguiente a cada trimestre.
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