Art. 14 · Presentación fuera de plazo de una solicitud relativa a derechos de pago

Art. 14

Presentación fuera de plazo de una solicitud relativa a derechos de pago

En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 14 Presentación fuera de plazo de una solicitud relativa a derechos de pago Excepto en los casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales contemplados en el artículo 4, la presentación de una solicitud de asignación o, cuando proceda, de incremento del valor de los derechos de pago después de la fecha límite fijada a tal efecto por la Comisión sobre la base del artículo 78, letra b), del Reglamento (UE) no 1306/2013, dará lugar en ese año a una reducción del 3 % por día hábil de los importes que deban pagarse por los derechos de pago o, en su caso, por el aumento del valor de los derechos de pago que deban asignarse al beneficiario. Si dicho retraso es superior a veinticinco días naturales, la solicitud se considerará inadmisible y no se asignará al beneficiario ningún derecho de pago ni, según proceda, se incrementará el valor de los derechos de pago.
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