Art. 29.tit_1 · Establecimiento de los derechos de pago de la reserva nacional o regional en virtud del artículo 30, apartado 7, del Reglamento (UE) no 1307/2013

Art. 29.tit_1

Establecimiento de los derechos de pago de la reserva nacional o regional en virtud del artículo 30, apartado 7, del Reglamento (UE) no 1307/2013

En vigor desde 11 mar 2014
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