Art. 5 · Financiación

Art. 5

Financiación

En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 5 Financiación La dotación financiera para la ejecución del Programa en el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2020 ascenderá a 449 394 000 EUR en precios corrientes. El Parlamento Europeo y el Consejo autorizarán los créditos anuales dentro de los límites del marco financiero plurianual.
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