Art. 7 · Retos y bienes públicos mundiales

Art. 7

Retos y bienes públicos mundiales

En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 7 Retos y bienes públicos mundiales 1.   El objetivo de la ayuda de la Unión en el marco del programa «Retos y bienes públicos mundiales» será apoyar acciones en ámbitos ligados a lo siguiente: a) medio ambiente y cambio climático; b) energía sostenible; c) desarrollo humano, incluidos el trabajo digno, la justicia social y la cultura; d) seguridad alimentaria y nutricional y agricultura sostenible; y e) migración y asilo. 2.   En el anexo II, parte A, figuran más detalles relativos a los ámbitos de cooperación recogidos en el apartado 1.
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