Art. 6 · Recursos totales

Art. 6

Recursos totales

En vigor desde 11 mar 2014
Artículo 6 Recursos totales 1.   Los recursos para el Fondo disponibles para compromisos presupuestarios para el período 2014-2020 serán de 3 395 684 880 EUR a precios de 2011, de conformidad con el desglose anual que figura en el anexo II. 2.   La dotación del Fondo para el período 2014-2020 para cada Estado miembro se establece en el anexo III. El importe mínimo para cada Estado miembro será de 3 500 000 EUR para todo el período. 3.   A efectos de programación y posterior inclusión en el presupuesto general de la Unión, el importe de los recursos se indexará al 2 % anual. 4.   El 0,35 % de los recursos totales se asignará a la asistencia técnica prestada a iniciativa de la Comisión.
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