Art. 1 · Modificaciones del Reglamento (CE) no 853/2004

Art. 1

Modificaciones del Reglamento (CE) no 853/2004

En vigor desde 7 mar 2014
Artículo 1 Modificaciones del Reglamento (CE) no 853/2004 El Reglamento (CE) no 853/2004 queda modificado como sigue: 1) En el anexo II, sección III, punto 3, la letra a) se sustituye por el texto siguiente: «a) la situación de la explotación de procedencia o la situación regional en cuanto a la salud animal, y si la explotación está oficialmente reconocida como una explotación que aplica condiciones controladas de estabulación en relación con las triquinas de conformidad con el punto A del capítulo I del anexo IV del Reglamento (CE) no 2075/2005 de la Comisión (*1); (*1)   DO L 338 de 22.12.2005, p. 60.»." 2) En el anexo III, sección I, capítulo VI, se suprime el punto 9.
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