Art. 19 · Entrada en vigor y fecha de aplicación

Art. 19

Entrada en vigor y fecha de aplicación

En vigor desde 26 feb 2014
Artículo 19 Entrada en vigor y fecha de aplicación El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2014:254:oj#art-19