Art. 1 · Objetivo y ámbito de aplicación

Art. 1

Objetivo y ámbito de aplicación

En vigor desde 26 feb 2014
Artículo 1 Objetivo y ámbito de aplicación 1.   El presente Reglamento establece las normas de definición, descripción, presentación y etiquetado de los productos vitivinícolas aromatizados así como la protección de sus indicaciones geográficas. 2.   El Reglamento (UE) no 1169/2011 se aplicará a la presentación y el etiquetado de los productos vitivinícolas aromatizados, salvo que se disponga de otro modo en el presente Reglamento. 3.   El presente Reglamento se aplicará a todos los productos vitivinícolas aromatizados comercializados en la Unión, producidos en los Estados miembros o en terceros países, así como a los que hayan sido producidos en la Unión para la exportación.
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