Art. 5 · Cálculo de los ajustes por riesgo de crédito específico para los requisitos de fondos propios a efectos de la determinación del impago de conformidad con el artículo 178 del Reglamento (UE) no 575/2013

Art. 5

Cálculo de los ajustes por riesgo de crédito específico para los requisitos de fondos propios a efectos de la determinación del impago de conformidad con el artículo 178 del Reglamento (UE) no 575/2013

En vigor desde 20 dic 2013
Artículo 5 Cálculo de los ajustes por riesgo de crédito específico para los requisitos de fondos propios a efectos de la determinación del impago de conformidad con el artículo 178 del Reglamento (UE) no 575/2013 A efectos de la determinación del impago de conformidad con el artículo 178 del Reglamento (UE) no 575/2013, los ajustes por riesgo de crédito específico se calcularán como los importes de los ajustes por riesgo de crédito específico relacionados con el riesgo de crédito de una exposición individual o de un único deudor.
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