Art. 31 · Disposiciones aplicables a todos los pagos

Art. 31

Disposiciones aplicables a todos los pagos

En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 31 Disposiciones aplicables a todos los pagos 1.   De acuerdo con el artículo 77, apartado 1, del Reglamento (UE) no 1303/2013, los pagos de la participación del FEADER, a que se refiere el artículo 5 del presente Reglamento, efectuados por la Comisión no superarán los compromisos presupuestarios. Dichos pagos se asignarán al compromiso presupuestario abierto más antiguo. 2.   Se aplicará el artículo 84 del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:1306:oj#art-31