Art. 64 · Responsabilidades de la Comisión

Art. 64

Responsabilidades de la Comisión

En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 64 Responsabilidades de la Comisión A fin de garantizar, en el contexto de la gestión compartida, una buena gestión financiera de acuerdo con el artículo 317 del TFUE, la Comisión aplicará las medidas y llevará a cabo los controles establecidos en el Reglamento (UE) no 1306/2013.
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