Art. 16 · Iniciativa de Empleo Juvenil

Art. 16

Iniciativa de Empleo Juvenil

En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 16 Iniciativa de Empleo Juvenil La Iniciativa de Empleo Juvenil respaldará la lucha contra el desempleo juvenil en las regiones elegibles de la Unión mediante el apoyo a las medidas previstas en el artículo 3, apartado 1, letra a), inciso ii), del presente Reglamento. La Iniciativa de Empleo Juvenil se destinará a todos los jóvenes menores de 25 años sin trabajo y no integrados en los sistemas de educación o formación que residan en las regiones elegibles y que se hallen inactivos o desempleados, incluidos los desempleados de larga duración, estén inscritos o no como solicitantes de empleo. Los Estados miembros podrán decidir con carácter voluntario ampliar el grupo destinatario para incluir a jóvenes menores de 30 años. A efectos de la Iniciativa de Empleo Juvenil para 2014-2015, por «regiones elegibles» se entenderá las regiones NUTS de nivel 2 cuyas tasas de desempleo juvenil para los jóvenes de entre 15 y 24 años hayan sido superiores al 25 % en 2012 y, en el caso de los Estados miembros en que la tasa de desempleo juvenil haya aumentado en más de un 30 % en 2012, las regiones NUTS de nivel 2 cuyas tasas de desempleo juvenil hayan sido superiores al 20 % en 2012. Los recursos destinados a la Iniciativa de Empleo Juvenil podrán revisarse al alza para los años 2016 a 2020 en el marco del procedimiento presupuestario de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) no 1611/2013. Para determinar las regiones elegibles en el marco de la Iniciativa de Empleo Juvenil para el período 2016-2020, la referencia en el párrafo segundo a los datos de 2012 se entenderá hecha a los últimos datos anuales disponibles. El desglose por Estado miembro de los recursos adicionales se someterá al mismo procedimiento que la asignación específica inicial de conformidad con el anexo VIII del Reglamento (UE) no 1303/2013. Los Estados miembros podrán decidir, de acuerdo con la Comisión, que se asigne un importe no superior al 10 % de los fondos de la Iniciativa de Empleo Juvenil a jóvenes que residan en las subregiones que registren altos niveles de desempleo juvenil y no estén incluidas entre las regiones NUTS de nivel 2 elegibles.
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