Art. 99
Ámbito geográfico de los programas operativos conforme al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 99
Ámbito geográfico de los programas operativos conforme al objetivo de inversión en crecimiento y empleo
Los programas operativos para el FEDER y el FSE se elaborarán al nivel geográfico apropiado y, como mínimo, al nivel NUTS 2, de acuerdo con el marco institucional y jurídico del Estado miembro, salvo que este y la Comisión acuerden otra cosa.
Los programas operativos con ayuda del Fondo de Cohesión se elaborarán a nivel nacional.
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