Art. 134
Pago de la prefinanciación
En vigor desde 17 dic 2013
Artículo 134
Pago de la prefinanciación
1. El importe de prefinanciación inicial se abonará en tramos, como sigue:
a)
en 2014: el 1 % del importe de la ayuda de los Fondos y del FEMP al programa operativo para todo el período de programación o el 1,5 % del importe de la ayuda de los Fondos y del FEMP al programa operativo para todo el periodo de programación cuando un Estado miembro haya estado recibiendo ayuda financiera desde 2010, de conformidad con los artículos 122 y 143 del TFUE, o ayuda de la Facilidad Europea de Estabilización Financiera, o esté recibiendo ayuda financiera a 31 de diciembre de 2013 de conformidad con los artículos 136 y 143 del TFUE;
b)
en 2015: el 1 % del importe de la ayuda de los Fondos y del FEMP al programa operativo para todo el período de programación o el 1,5 % del importe de la ayuda de los Fondos y del FEMP al programa operativo para todo el periodo de programación cuando un Estado miembro haya estado recibiendo ayuda financiera desde 2010, de conformidad con los artículos 122 y 143 del TFUE, o ayuda de la Facilidad Europea de Estabilización Financiera, o esté recibiendo ayuda financiera a 31 de diciembre de 2014 de conformidad con los artículos 136 y 143 del TFUE;
c)
en 2016: el 1 % del importe de la ayuda de los Fondos y del FEMP al programa operativo para todo el período de programación.
Si un programa operativo se adopta en 2015 o con posterioridad, los tramos iniciales se pagarán el año de adopción.
2. De 2016 a 2023 se pagará un importe de prefinanciación anual antes del 1 de julio. Corresponderá a un porcentaje del importe de la ayuda de los Fondos y del FEMP al programa operativo para todo el período de programación como sigue:
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2016: 2 %
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2017: 2,625 %
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2018: 2,75 %
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2019: 2,875 %
—
2020 a 2023: 3 %.
3. Al calcular el importe de la prefinanciación inicial a que se refiere el apartado 1, el importe de la ayuda para todo el período de programación excluirá los importes procedentes de la reserva de rendimiento que estén relacionados con el programa operativo.
Al calcular el importe de la prefinanciación anual a que se refiere el apartado 2 hasta 2019 inclusive, el importe de la ayuda para todo el período de programación excluirá los importes procedentes de la reserva de rendimiento que estén relacionados con el programa operativo.
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