Art. 10
Principios éticos
En vigor desde 16 dic 2013
Artículo 10
Principios éticos
1. Todas las actividades de investigación e innovación realizadas en el Programa Euratom respetarán los principios éticos y la legislación aplicable nacional, de la Unión e internacional, incluidos la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el Convenio Europeo de Derechos Humanos y sus protocolos adicionales.
Deberá prestarse especial atención al principio de proporcionalidad, al derecho a la intimidad, al derecho a la protección de los datos personales, al derecho a la integridad física y psíquica de la persona, al derecho a la no discriminación y a la necesidad de garantizar unos niveles elevados de protección de la salud humana.
2. Las actividades de investigación e innovación realizadas en el Programa Euratom deberán centrarse exclusivamente en las aplicaciones civiles.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2013:1314:oj#art-10