Art. 26 · Prioridades para el desarrollo de la infraestructura de transporte aéreo

Art. 26

Prioridades para el desarrollo de la infraestructura de transporte aéreo

En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 26 Prioridades para el desarrollo de la infraestructura de transporte aéreo A la hora de promover proyectos de interés común relacionados con la infraestructura de transporte aéreo, además de las prioridades establecidas en el artículo 10 se considerarán prioritarios los siguientes elementos: a) aumentar la capacidad aeroportuaria; b) apoyar la puesta en marcha del Cielo Único Europeo y de los sistemas de gestión del tránsito aéreo, en particular los que utilizan el sistema SESAR; c) mejorar las interconexiones multimodales entre los aeropuertos y la infraestructura de otros modos de transporte; d) mejorar la sostenibilidad y atenuar el impacto medioambiental de la aviación.
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