Art. 16
Procedimiento de comité
En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 16
Procedimiento de comité
1. La Comisión estará asistida por un comité. Este comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011.
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011.
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