Art. 16 · Objetivos específicos del área prioritaria Gobernanza e Información Climáticas

Art. 16

Objetivos específicos del área prioritaria Gobernanza e Información Climáticas

En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 16 Objetivos específicos del área prioritaria Gobernanza e Información Climáticas Los objetivos específicos del área prioritaria Gobernanza e Información Climáticas serán en particular: a) promover la sensibilización en materia climática, por ejemplo recabando el apoyo del público y de las partes interesadas a la elaboración de las políticas de la Unión en el ámbito del clima, y promover el conocimiento sobre el desarrollo sostenible; b) favorecer la comunicación, gestión y difusión de información en el ámbito del clima, y facilitar el uso compartido de conocimientos sobre soluciones y prácticas climáticas de éxito, inclusive mediante el desarrollo de plataformas de cooperación entre las partes interesadas y formación; c) promover y contribuir a mejorar el cumplimiento efectivo y la ejecución de la legislación de la Unión en materia de clima, en particular mediante el fomento del desarrollo y la difusión de mejores prácticas y enfoques políticos; d) promover una mejor gobernanza climática fomentando la participación de las partes interesadas, incluidas las ONG, en las consultas en torno a las políticas y en la aplicación de estas.
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