Art. 10 · Objetivos específicos del área prioritaria Medio Ambiente y Eficiencia en el Uso de los Recursos

Art. 10

Objetivos específicos del área prioritaria Medio Ambiente y Eficiencia en el Uso de los Recursos

En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 10 Objetivos específicos del área prioritaria Medio Ambiente y Eficiencia en el Uso de los Recursos Los objetivos específicos del subprograma de Medio Ambiente en relación con el área prioritaria Medio Ambiente y Eficiencia en el Uso de los Recursos serán en particular: a) desarrollar, ensayar y demostrar enfoques de elaboración de políticas o gestión, mejores prácticas y soluciones, incluyendo el desarrollo y la demostración de tecnologías innovadoras, para retos medioambientales, que sean idóneos para su reproducción, transferencia o integración, incluso en lo que se refiere a la relación entre medio ambiente y salud, y en apoyo de la política y legislación relacionadas con la eficiencia en el uso de los recursos, incluida la Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos; b) apoyar la aplicación, el desarrollo, el ensayo y la demostración de enfoques integrados para la aplicación de planes y programas con arreglo a la política y la legislación medioambientales de la Unión, principalmente en los ámbitos del agua, los residuos y el aire; c) mejorar la base de conocimientos para el desarrollo, la aplicación, la valoración, el seguimiento y la evaluación de la política y la legislación medioambientales de la Unión y para la evaluación y el seguimiento de los factores, presiones y respuestas que inciden en el medio ambiente dentro y fuera de la Unión.
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