Art. 30 · Evaluación de los niveles de financiación

Art. 30

Evaluación de los niveles de financiación

En vigor desde 11 dic 2013
Artículo 30 Evaluación de los niveles de financiación La evaluación provisional de Horizonte 2020 incluirá una evaluación del impacto de las distintas características introducidas por los nuevos niveles de financiación previstos en los artículos 27, 28 y 29 del presente Reglamento, la cual permitirá evaluar si el nuevo enfoque ha producido situaciones indeseables que menoscaben el atractivo de Horizonte 2020.
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