Art. 26 · Entrada en vigor

Art. 26

Entrada en vigor

En vigor desde 2 dic 2013
Artículo 26 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2013:1311:oj#art-26