Art. 22
Revisión del marco financiero plurianual en caso de reunificación de Chipre
En vigor desde 2 dic 2013
Artículo 22
Revisión del marco financiero plurianual en caso de reunificación de Chipre
En caso de reunificación de Chipre en el período comprendido entre 2014 y 2020, se revisará el marco financiero plurianual para tener en cuenta la resolución global del problema de Chipre y las necesidades financieras adicionales derivadas de la reunificación.
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