Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 nov 2013
Artículo 1 La quinta columna («período contingentario») del cuadro que figura en el anexo III del Reglamento (CE) no 32/2000 se modifica como sigue: 1) el texto correspondiente al número de orden 09.0107 se sustituye por el texto siguiente: «del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año hasta el 31 de diciembre de 2023 »; 2) el texto correspondiente al número de orden 09.0109 se sustituye por el texto siguiente: «del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año hasta el 31 de diciembre de 2023 »; 3) el texto correspondiente al número de orden 09.0111 se sustituye por el texto siguiente: «del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año hasta el 31 de diciembre de 2023 ».
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