Art. 17
Requisitos aplicables a los asideros y reposapiés para pasajeros
En vigor desde 21 nov 2013
Artículo 17
Requisitos aplicables a los asideros y reposapiés para pasajeros
Los procedimientos de ensayo y requisitos aplicables a los asideros y reposapiés para pasajeros a los que se hace referencia en el anexo II (C12) del Reglamento (UE) no 168/2013 se aplicarán y verificarán de conformidad con el anexo XIII del presente Reglamento.
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