Art. 12 · Entrada en vigor

Art. 12

Entrada en vigor

En vigor desde 20 nov 2013
Artículo 12 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El presente Reglamento dejará de aplicarse el 31 de agosto de 2028.
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