Art. 6
Entrada en vigor y aplicabilidad
En vigor desde 31 oct 2013
Artículo 6
Entrada en vigor y aplicabilidad
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable a partir del 1 de enero de 2014 y expirará el 31 de diciembre de 2016.
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